Habitualmente, se definen como inherentes a la persona, irrevocables, inalienables, intransmisibles e irrenunciables. Por definición, el concepto de derechos humanos es universal (para todos los seres humanos) e igualitario, así como incompatible con los sistemas basados en la superioridad de una casta, raza, pueblo, grupo o clase social determinados. Según la concepción iusnaturalista tradicional, son además atemporales e independientes de los contextos sociales e históricos.
El término derechos colectivos se refiere al derecho de los pueblos a ser protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo. El más importante de estos derechos es el derecho de autodeterminación. Para algunos autores, los derechos colectivos se clasifican entre los derechos de tercera generación.
- CONCLUSIÒN :
Los dos temas están relacionados entre si, ya que el primero defiende los derechos de las personas, y el segundo el de los pueblos.
que interesante como ayas empleado tu informacion en una sola entrada bueno de wso se trata los temas bueno tengo que decirte que me impresionate
ResponderEliminarcon tu informacion
muy bien tu informacion!
ResponderEliminarexcelente !!!
ResponderEliminarBIIENN
ResponderEliminarque bien!
ResponderEliminarAS UN POCO MAS PEQEÑA LA IMAGEEN O.O
ResponderEliminarJAJA, BIEEN : D
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